Invirtiendo en México
 

Instrumentos mexicanos

Las entidades emisoras participantes en el mercado de valores mexicano son las entidades o empresas que, cumpliendo con las disposiciones establecidas y siendo representadas por una casa de bolsa, ofrecen al público inversionista, a través de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), valores tales como acciones y títulos de deuda.

Las empresas que deseen realizar una oferta pública deberán cumplir con los requisitos de registro y listado y, posteriormente, con los de mantenimiento establecidos por la BMV, además de las disposiciones de carácter general, contenidas en las circulares emitidas por la CNBV y el artículo 14 de la Ley del Mercado de Valores (LMV), como lo es la publicación trimestral de su información financiera, económica y legal, así como la inmediata divulgación de hechos y eventos relevantes.

A continuación se da una breve descripción de los valores más comunes que pueden emitir las empresas mexicanas para ser colocados en el mercado de valores:

- Papel Comercial: Son pagarés suscritos por sociedades anónimas mexicanas denominados en moneda nacional y destinados a circular en el mercado de valores. El financiamiento que obtiene la empresa a través de este tipo de instrumento es a corto plazo, opera como una línea de crédito anual y se puede emitir a plazos entre 1 y 360 días. Este instrumento se coloca a descuento, es decir, se negocia bajo par, por lo que su rendimiento resulta de la diferencia entre su valor de colocación y de redención o vencimiento. Las emisoras que deseen emitir papel comercial para obtener financiamiento podrán elegir cualquiera de los siguientes tipos:

  • Quirografario: Es el más común, no cuenta con garantía y se otorga de acuerdo a la solvencia de la empresa emisora.
  • Avalado: Está garantizado por una institución de crédito.
  • Afianzado: Garantizado mediante una fianza.
  • Indizado al tipo de cambio: Puede darse en cualquiera de las tres modalidades anteriores, denominado en dólares americanos pero liquidable en moneda nacional de acuerdo al tipo de cambio vigente.
  • Indistinto: Pueden emitirse al amparo de una misma línea, pagarés denominados en moneda nacional o indizados al tipo de cambio.

- Pagaré a mediano plazo: son títulos de crédito que documentan una promesa incondicional de pago a mediano plazo (no menos de un año ni más de siete años) de una suma determinada de dinero, suscrito por sociedades anónimas mexicanas y denominados en moneda nacional, destinados a circular en el mercado de valores. Existen cuatro tipos de pagarés:

  • Quirografario: no cuenta con garantía y se otorga de acuerdo a la solvencia de la empresa emisora.
  • Avalado: está garantizado por una institución de crédito.
  • Con Garantía Fiduciaria: se garantiza con bienes muebles, inmuebles o valores, mediante un contrato de fideicomiso.
  • Vinculado al Indice Nacional de Precios al Consumidor (INPC): puede darse en cualquiera de las tres modalidades anteriores, pero su valor nominal se ajustará conforme al INPC, o bien, estar denominado en Unidades de Inversión (UDIS).
  • Pagaré financiero: son pagarés suscritos en moneda nacional por arrendadoras financieras y empresas de factoraje financiero, cuya finalidad es obtener financiamiento a mediano plazo, su vencimiento oscila entre uno y tres años, su valor nominal es de $100 o sus múltiplos. Al igual que el pagaré de mediano plazo, el pagaré financiero puede ser quirografario, avalado o con garantía fiduciaria.

- Obligaciones: son títulos de crédito que representan la participación individual de sus tenedores en un crédito colectivo constituido a cargo de la sociedad emisora. Son nominativos y deberán emitirse en denominaciones de $100.00 o de sus múltiplos. Las obligaciones llevarán adheridos cupones y darán a sus tenedores, dentro de cada serie, iguales derechos. Las obligaciones pueden ser de cuatro tipos:

  • Quirografaria: no existe garantía específica, por lo cual generalmente se establecen limitaciones a la estructura financiera y corporativa de la emisora.
  • Hipotecaria: garantizadas por gravamen establecido sobre un bien inmueble específico.
  • Prendaria: garantizada con diversos bienes muebles.
  • Fiduciaria: garantizada con bienes muebles, inmuebles o valores, mediante la constitución de un fideicomiso.

Las obligaciones se pueden emitir en cualquiera de las siguientes modalidades:

  • Subordinadas: aquéllas cuya prelación en el pago está en último lugar, sólo antes de capital.
  • Convertibles: valores que representan fracciones de la deuda contraída por la emisora y otorga al tenedor la facultad de convertir dicho valor en acciones de la propia emisora.
  • Rendimientos capitalizables: es aquélla en la que se capitalizan parte de los intereses, incrementando con ello el saldo insoluto de la deuda.
  • Colocaciones múltiples: cuando el monto total se coloca parcialmente en varias emisiones en distintos periodos.
  • Vinculadas al Indice de Precios al Consumidor (INPC): el importe del principal se actualiza periódicamente con el INPC, y ofrecen una tasa de rendimiento real.
  • Udizadas: el importe del principal se ajusta diariamente con el valor de la UDI.
  • Certificados de participación: son títulos de crédito nominativos emitidos por una sociedad fiduciaria sobre bienes, valores o derechos que se afectan en un fideicomiso irrevocable para tal fin. Se emiten con base en el valor de los bienes fideicomitidos dando a los tenedores de los mismos, derecho a una parte proporcional de los frutos o rendimientos, propiedad o titularidad, o bien derecho al producto de la venta de los bienes, derechos o valores. Existen dos tipos de certificados de participación:
  • Ordinarios (CPO's): cuando el fideicomiso está constituido por bienes muebles.
  • Inmobiliarios (CPI's): cuando el fideicomiso está constituido por bienes inmuebles.

De acuerdo a la forma de amortización los certificados de participación pueden ser:

  • Amortizables: cuando los certificados dan a sus tenedores, el derecho tanto a una parte proporcional de los frutos o rendimientos correspondientes, como al reembolso de su valor nominal de acuerdo con el valor ajustado que se especifique en el acta de emisión.
  • No amortizables: Cuando no se pacta en el acta de emisión correspondiente el reembolso de los Certificados en una fecha determinada.

- Acciones: son títulos que se emiten en serie y representan una parte alícuota del capital social de la empresa que incorporan derechos corporativos y patrimoniales a los socios o tenedores de acciones. Dependiendo de los derechos que confieren las acciones, éstas pueden ser:

  • Acciones comunes: Confieren iguales derechos y son de igual valor (también se les conoce como ordinarias).
  • Acciones preferentes: También llamadas de voto limitado. Solo posee el derecho a voto en asambleas extraordinarias.
  • Acciones de goce: Son aquéllas que pueden ser entregadas a los accionistas a quienes se les hubieren amortizado sus acciones con utilidades repartibles y sus tenedores tendrán derecho a las utilidades líquidas, así como derechos de voto en las asambleas, según lo contemple el contrato social.

Existe una clasificación en la emisión de series accionarias que permite distinguir a los posibles tenedores:

Serie "A".- Acción ordinaria exclusiva para Mexicanos

Serie "B".- Acción ordinaria de Libre Suscripción (Mexicanos y Extranjeros)

Serie "C".- Acción ordinaria (serie neutra de acuerdo a las normas establecidas por la Comisión Nacional de Inversión Extranjera) que restringe los derechos corporativos (derecho a voto) a los inversionistas extranjeros.

Serie "L".- Acción ordinaria con voto limitado.

Este es el listado de todas las emisoras mexicanas: